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Resolución sobre la necesidad urgente de normas internacionales para proteger los datos de pasajeros que usarán los gobiernos a los efectos de la aplicación de la ley y la seguridad en las fronteras

29ª Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad
Montreal, Canadá
Del 25 al 28 de septiembre de 2007

Proponente: Der Bundesbeauftragte für den Datenschutz und Informationsfreiheit (Alemania)

Apoyan la moción:
Österreichische Datenschutzkommission (Autria)
Office of the Privacy Commissioner of Canada (Canadá)
Office of the Information and Privacy Commissioner of British Columbia
(Colombia Británica)
Office of the Information and Privacy Commissioner of Ontario
European Data Protection Supervisor (Unión Europea)
La Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés (Francia)
Landesbeauftragte für Datenschutz und die Informationsfreiheit Nordrhein-Westfalen (Alemania - regional)
Garante per la protezione dei dati personali (Italia)
College Bescherming Persoonsgegevens (Países Bajos)
Autoritatea Naţională de Supraveghere a Prelucrării Datelor cu Caracter Personal (Rumania)
Agencia de Protección de Datos (España)
Information Commissioner (R.U.)

La Conferencia recuerda:

  • el comunicado aprobado en la 24a Conferencia Internacional en Cardiff, en 2002;
  • la resolución de transferencia de datos de pasajeros aprobada en la 25a Conferencia Internacional en Sydney, en 2003; y
  • la Declaración sobre la protección de datos personales y privacidad en un mundo globalizado aprobada en la 27a Conferencia Internacional en Montreux, en 2005,
  • en los cuales se reconoce la necesidad de establecer un equilibrio entre la lucha contra el terrorismo y la delincuencia internacional y el derecho de las personas a la protección de datos y privacidad.

La Conferencia observa que:

  • los gobiernos solicitan de manera creciente datos sobre los pasajeros para usarlos en la lucha contra el terrorismo, la inmigración ilegal y otros delitos sin suficiente consideración por los derechos humanos y de privacidad de los pasajeros;
  • algunos datos sobre pasajeros pueden usarse para hacer inferencias sobre religión, origen étnico y otros aspectos sumamente delicados;
  • muchos gobiernos alrededor del mundo solicitan de manera creciente más y más datos a las empresas de transporte;
  • las empresas de transporte reúnen datos sobre pasajeros con fines comerciales y se les pide que los transfieran a los efectos de aplicación de la ley;
  • las empresas de transporte de manera creciente deben responder a una gran variedad de pedidos de datos y aplicar varios sistemas de transferencia de datos, lo cual crea incertidumbre entre las empresas de transporte y los pasajeros sobre sus derechos y obligaciones, haciendo difícil que los pasajeros entiendan como se usan los datos y creando el riesgo de que las empresas de transporte transfieran datos de manera inapropiada;
  • esa variedad de pedidos y de sistemas significa costos para las aerolíneas y los pasajeros;
  • responder a estos pedidos significa coherencia legal y técnica para las empresas de transporte;
  • algunas empresas de transporte todavía no cumplen totalmente con su obligación de informar a los pasajeros sobre el uso y la divulgación de sus datos personales; y
  • se han puesto en marcha otros mecanismos para facilitar los viajes aéreos internacionales y hay una necesidad urgente de desarrollar soluciones globales que faciliten los viajes internacionales respetando al mismo tiempo los derechos de privacidad de los pasajeros.

La Conferencia reafirma que:

  • el derecho a la protección de datos y la privacidad, tal como consagrado en el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos jurídicos, protegen a las personas y a sus datos personales, y deben ser considerados junto con otros derechos en toda propuesta que involucre la transferencia y uso de los datos de pasajeros a los efectos de aplicación de la ley;
  • el tratamiento de los datos de pasajeros debe realizarse en un marco que tenga en cuenta las normas y los principios aceptados para la protección de datos;
  • todas las propuestas de gobierno para usar los datos de los pasajeros de señalar que son:
    • demostrablemente necesarias para resolver un problema específico;
    • demostrablemente capaces de resolver el problema;
    • proporcionadas al beneficio en materia de seguridad; y
    • demostrablemente menos invasivas de la privacidad que otras opciones alternativas; y
    • deben ser revisadas regularmente para asegurar que las medidas sigan siendo proporcionadas;

  • la necesidad de salvaguardar la privacidad personal sigue siendo una tarea esencial no sólo para la comunidad internacional de protección de datos, sino también para todos aquellos que se preocupan por los derechos y libertades fundamentales; y
  • si los gobiernos no adoptan un enfoque que considere correctamente las preocupaciones sobre protección de datos y privacidad, hay un peligro real de que se comiencen a socavar las libertades fundamentales reales que tratan de proteger.

En la búsqueda de normas internacionales para proteger los datos de pasajeros que usarán los gobiernos a los efectos de la aplicación de la ley y la seguridad en las fronteras la Conferencia hace un llamado a las:

  • organizaciones internacionales (tales como IATA OACI), gobiernos y empresas de transporte para que trabajen con los comisarios de protección de datos y privacidad a fin de adoptar
    soluciones globales vinculantes con las salvaguardas de protección adecuadas;
  • todas las propuestas de gobierno para usar los datos de los pasajeros deben asegurar que
    son:
    • demostrablemente necesarias para resolver un problema específico;
    • demostrablemente capaces de resolver el problema;
    • proporcionadas al beneficio en materia de seguridad; y
    • demostrablemente menos invasivas de la privacidad que otras opciones alternativas; y

    deben ser revisadas regularmente para asegurar que las medidas siguen siendo proporcionadas;

  • todo programa de gobierno que use datos de pasajeros debe disponer minimización de los datos; límites de uso explícitos, divulgación y retención apropiadas a los fines del programa, exactitud en los datos, derecho de acceso y corrección y revisión independiente;
  • toda solución debe tomar en consideración cuestiones legales, técnicas, financieras y de eficiencia de las empresas de transporte y las autoridades;
  • los gobiernos deben ser abiertos y transparentes sobre la finalidad para la cual se recogen y usan los datos y asegurar que todos los pasajeros, sea cual sea su ciudadanía o país de origen, tengan acceso a su información personal y mecanismos de enmienda apropiados;
  • las empresas deben informar adecuadamente a los pasajeros sobre cualquier uso o divulgación de sus datos a los gobiernos y organismos judiciales y policiales, todo uso de listas de pasajeros vetados u otras listas de vigilancia, y dar la posibilidad de enmienda con respecto al uso y exactitud de los datos de pasajeros y la información personal conexa, y
  • los comisarios de protección de datos y privacidad continuarán trabajando conjuntamente para asegurar la salvaguarda apropiada de protección de datos y privacidad y promover soluciones globales vinculantes.

Nota explicativa

Cada vez más, los gobiernos de diferentes países han tratado de usar los datos de pasajeros como instrumento para controlar el terrorismo, la delincuencia transnacional, y otros delitos. Ello ha llevado a diferencias en los datos que se solicitan, el uso que se les da y el nivel de salvaguardas.

El carácter de los viajes internacionales es tal que se necesita un enfoque global y se requiere una solución global urgente a fin de asegurar niveles apropiados de seguridad e inspirar confianza en los pasajeros, proporcionando al mismo tiempo medidas apropiadas que incluyan las necesarias salvaguardias de protección de los datos y la privacidad.

Aunque los problemas de protección de los datos y la privacidad sean cuestiones de primordial importancia que necesitan ser consideradas en el marco de una solución global, también deben ser tomadas en consideración las cuestiones de tipo legal, técnico, financiero y de eficiencia de las aerolíneas y los pasajeros.

Normas internacionales pueden asegurar equidad, coherencia, certeza legal y salvaguardas para los pasajeros y las empresas de trasporte. Es evidente que es necesario que las empresas de transporte, los organismos judiciales y policiales, las organizaciones internacionales, los grupos de la sociedad civil y los expertos en protección de datos, todos participen para lograr esa solución global y que para avanzar en ese sentido es necesario que los comisarios de protección de datos y privacidad asuman el compromiso de impulsar una tal solución.